¿Pueden las entidades cancelar mi cuenta de pago?

Sí, las entidades pueden cancelarla comunicándolo previamente con la antelación y en la forma requerida por la normativa y pactada en los contratos.

En el caso cuentas de clientes consumidores y microempresas se comunicará con una antelación mínima de 2 meses, y para el resto con una antelación de 15 días.